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Artículo 4 del Decreto 4

Crea consejo asesor ministerial denominado "consejo de exministros de agricultura"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145647 / 10122906.

Texto oficial

Artículo 4°.- Actuará como Secretario Ejecutivo del Consejo el/la Director/a Nacional de Odepa, y como Secretario Técnico el/la profesional de Odepa que se designe para tal efecto. El Secretario Ejecutivo del Consejo será el encargado de: a) Recibir la resolución con la designación de los integrantes del Consejo; b) Convocar al Consejo y recibir las comunicaciones de inasistencia; c) Preparar la tabla de cada sesión y transmitirla a todos los miembros; d) Verificar los acuerdos que adopte el Consejo.