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Artículo 2 de la Ley 21.234

Limita la responsabilidad de los titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1145840 / 10124205.

Texto oficial

Artículo 2°.- Intercálase en la letra a) del inciso primero del artículo 27 de la ley Nº 19.913, entre la expresión "en relación al inciso final del artículo 467 del Código Penal" y la coma que le sigue, lo siguiente: "; el artículo 7 de la ley Nº 20.009".".