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Artículo 3 del Decreto 801

Ordenanza municipal que establece medidas a fin de minimizar el riesgo de propagación de la pandemia provocada por el virus covid-19 en el territorio especial de isla de pascua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1146036 / 10125261.

Texto oficial

Artículo 3: Establécese, que todo establecimiento de acceso público sea o no de fines comerciales, deberá contar con una sanitización permanente de pisos, muros, superficies, muebles y en general de toda instalación, tener a disposición del personal de servicio y del público dispensadores con alcohol gel.