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Artículo SEGUNDO del Decreto 245

Declara fecha que indica como dia nacional de la protección civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 11461 / 8260721.

Texto oficial

Artículo segundo: La Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior, adoptará las medidas necesarias para coordinar las actividades que se desarrollen durante ese día.