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Artículo 3° del Decreto 188

Establece medida extraordinaria que indica a causa de la enfermedad covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1146201 / 10125995.

Texto oficial

Artículo 3°.- El número máximo autorizado de personal a contratar será de 364 personas a nivel nacional y el monto máximo autorizado para estos efectos será de $974.955.798. El personal contratado en virtud de la autorización otorgada por el presente decreto, en ningún caso pasará a formar parte de la dotación de la respectiva Subsecretaría.