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Artículo 27 de la Ley 2.047

Lei núm. 2,047.-«union postal universal». convenciones celebradas en roma el año 1906 convencion principal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1146264 / 10170705.

Texto oficial

ARTICULO 27 Protectorados i colonias en la Union Para la aplicacion de los artículos 22, 25 i 26 que preceden, se considerarán como un solo pais o una sola Administracion, segun el caso: 1.° Los protectorados alemanes del Africa; 2.° Los protectorados alemanes del Asia i de la Australasia; 3.° El Imperio de la India Británica; 4.° El Dominio del Canadá; 5.° La Confederacion australiana con la Nueva Guinea Británica; 6.°. El conjunto de las Colonias i Protectorados británicos de Africa del Sur; 7.° El conjunto de todas las demas Colonias británicas; 8.° El conjunto de las posesiones insulares de los Estados Unidos, que comprende actualmente las islas Hawai, Filipinas, Puerto Rico i Guam; 9.° El conjunto de las colonias danesas; 10. El conjunto de las Colonias españolas; 11. La Arjelia; 12. Las Colonias i Protectorados franceses de Indo-China; 13. El conjunto de las otras Colonias francesas; 14. El conjunto de las Colonias italianas; 15. El conjunto de las Colonias holandesas; 16. El conjunto de las Colonias portuguesas del Africa; 17. El conjunto de las otras Colonias portuguesas.