Texto oficial
Artículo 4°: La infracción a lo establecido en el artículo 1º de esta ordenanza podrá ser sancionada por el Juzgado de Policía Local de Nogales con multa de hasta tres unidades tributarias mensuales. En caso de reiteración y reincidencia el Juzgado de Policía Local de Nogales podrá aplicar multas de hasta 5 unidades tributarias mensuales.