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Artículo 30 del Decreto 1300

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de ordenanza municipal sobre administración, operación y mantenimiento del servicio municipal de agua potable de el melón

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147182 / 10133307.

Texto oficial

Artículo 30.- El no pago oportuno, dentro de un plazo igual o superior a 6 meses, será motivo suficiente para hacer efectivo y sin más trámite, el retiro del arranque y medidor del domicilio donde está ubicado. La reposición del arranque y medidor, equivaldrá al costo de un arranque nuevo, sin perjuicio de las deudas por concepto de consumo que mantenga el usuario con la Unidad, montos que deberán ser regularizados con anterioridad a la reposición.