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Artículo de Resolución 177 EXENTA

Se aprueba para el instituto de previsión social, el "procedimiento excepcional y transitorio autorización remota de apoderados nuevos para cobro de pensión y/o beneficio en circunstancias de excepción por pandemia etapa 4 covid-19 ii sucursales cerradas y/o cuarentena total alcance temporal hasta el 31 de octubre de 2020"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147348 / 10135071.

Texto oficial

Por resolución exenta Nº 177, de 18 de junio de 2020, el Director Nacional del Instituto de Previsión Social, aprobó el "Procedimiento Excepcional y Transitorio Autorización Remota de Apoderados Nuevos para Cobro de Pensión y/o Beneficio en Circunstancias de Excepción por Pandemia Etapa 4 Covid-19 II Sucursales Cerradas y/o Cuarentena Total Alcance temporal hasta el 31 de octubre de 2020", destinado al otorgamiento de nuevos poderes para el cobro de pensiones y beneficios pagados por el IPS, que contemple la imposibilidad de otorgar atención presencial en todo o parte del flujo, con alcance transitorio hasta el 31 de agosto de 2020, sin perjuicio de su prórroga fundada, de acuerdo a las circunstancias que objetivamente existan en esa fecha que impidan al IPS otorgar nuevos poderes de acuerdo con el procedimiento general vigente en la materia.-