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Artículo 1 de Resolución 2845 EXENTA

Modifica resolución nº 567 exenta, de 2020, de la subsecretaría de educación, que fija para el año 2020 el calendario nacional de examinación para los niveles de educación básica y media a menores de dieciocho años de edad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147408 / 10135471.

Texto oficial

Artículo 1°.- Modifícase de la resolución exenta Nº 567, de 2020, del Ministerio de Educación, como a continuación se indica: 1. Reemplázase en el artículo 1º: a) en todos los cuadros del Plazo Final para inscripción en Oficinas Ayuda MINEDUC: Donde dice : "martes 18 de agosto de 2020" Debe decir : "lunes 31 de agosto de 2020" b) en todos los cuadros del Período de Aplicación: Donde dice : "Desde: Miércoles, 10 de junio de 2020 Hasta: Viernes, 19 de junio de 2020" Debe decir : "Desde: Miércoles, 5 de agosto de 2020 Hasta: Viernes, 14 de agosto de 2020" 2. Introdúzcanse los siguientes nuevos artículos 3º y 4º a la resolución exenta Nº 567, de 2020, de la Subsecretaría de Educación: "Artículo 3º.- Las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación podrán modificar la fecha de inscripción para el segundo período de examinación, considerando la realidad territorial, situación que deberá ser informada oportunamente a la Coordinación Nacional de Normativa y a la Coordinación Nacional de Educación de Personas Jóvenes y Adultas, ambas de la División de Educación General del Ministerio de Educación, para su análisis, una vez autorizada vía oficio firmado por el Jefe de la División de Educación General que lo formalice. Dichas modificaciones deberán ser refrendadas por una resolución emanada de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Educación. Artículo 4º.- El Jefe de la División de Educación General, podrá autorizar la examinación fuera de los plazos antes mencionados para menores de edad, que por razones fundadas no se pudieron presentar dentro del período establecido, previa verificación de los antecedentes que acrediten y justifiquen dicha solicitud."