Texto oficial
1. Llámese a postulación para el otorgamiento de
subsidios correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos
para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento
de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.),
de 2016, a Condominios de Viviendas Sociales calificados
como objeto de atención del programa, según lo establecido
en el Artículo 4, Condominios Objeto del Programa, del
citado reglamento, y certificaciones reguladas por el DS Nº
255/2016, otorgadas entre los años 2017 y 2019, que se
encuentren emplazados en la Región Metropolitana, y
consideren obras correspondientes a Mejoramiento de Bienes
Comunes edificados y/o ampliación de la vivienda en
copropiedad.
2. Los plazos correspondientes a los procesos y fases
de postulación y selección de este llamado, serán los
siguientes:
.
3. Para habilitar la Certificación de Condominio
objeto, esta Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo,
ha dispuesto un ingreso digital en el contexto del Estado de
Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad
Pública, declarado en el territorio de Chile. Mediante esta
plataforma, las comunidades de copropietarios y residentes
interesadas en postular deberán presentar un expediente
digital que contenga los antecedentes que permitan acreditar
la condición de condominio objeto del llamado. Dicho
expediente, deberá ser presentado por una Entidad
Patrocinante (EP), según lo indica el Artículo 34 del DS
Nº 27 (V. y U.), de 2016.
4. El procedimiento de certificación de Condominio
objeto, será mediante oficio conductor acompañado de los
antecedentes de certificación en formato pdf., los que
deberán ser enviados a la casilla electrónica:
ofparteseremirm@minvu.cl, con copia al Encargado Equipo
Vivienda Colectiva rpinoa@minvu.cl. El plazo de
presentación de las certificaciones o modificaciones será
entre el 18 y 19 de mayo (primer ingreso) y entre el 4 y 5
de junio (segundo ingreso) del año 2020. Posterior al
ingreso las Entidades Patrocinantes correspondientes,
recibirán un correo electrónico, con la habilitación de
carpetas separadas por copropiedad en el sistema OneDrive,
donde deberán cargar la totalidad de antecedentes para la
certificación de Condominio objeto.
5. La condición de Condominio objeto, citada en el
visto 4, será acreditada por esta Secretaría Regional de
Vivienda y Urbanismo, en atención al Artículo 89, numeral
1, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016. Adicionalmente, de
acuerdo a la facultad establecida en el Artículo 24 del DS
Nº 27 (V. y U.), de 2016, se solicitarán antecedentes
dirigidos a identificar las características generales de la
copropiedad: el diagnóstico físico constructivo, que tiene
por objetivo establecer los niveles de deterioro existentes
en los bienes comunes y el diagnóstico socio-jurídico, que
tiene por objeto identificar la existencia de los ó