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Artículo de Resolución 1425 EXENTA

Suspende plazo establecido para cancelar, por antigüedad, a taxis, buses y minibuses que indica, del registro nacional de servicios de transporte de pasajeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147874 / 10144639.

Texto oficial

1. Suspéndase por dos (2) años el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, por cumplimiento de antigüedad máxima, de los siguientes vehículos: los taxis en sus diversas modalidades, los minibuses y los buses urbanos y rurales, con excepción de aquellos que cumplen 22 años de antigüedad al 31 de diciembre de 2020. En el caso de los buses urbanos, se exceptúan aquellos adscritos al Sistema de Transporte Público de la provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo. 2. Suspéndase por dos (2) años el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, por cumplimiento de antigüedad máxima, de los buses urbanos cancelados el 31 de mayo de 2020, exceptuados aquellos adscritos al Sistema de Transporte Público de la provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo. En consecuencia, reinscríbanse en el aludido Registro. 3. Ordénase a las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones, la emisión de nuevos certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros respecto de los vehículos señalados en los resuelvos anteriores desde el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021 y desde el 1 de junio de 2020 al 31 de mayo de 2021, según corresponda. 4. Comuníquese la presente resolución a las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones del país. 5. Atendido lo dispuesto en el artículo 52 de la ley Nº 19.880, la presente resolución surtirá sus efectos retroactivamente, a contar de la fecha de la declaración del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.