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Artículo del Decreto 301

Autoriza a municipalidades para disponer prórroga de pago de patente que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1147883 / 10144901.

Texto oficial

Autorízase a los alcaldes de las comunas declaradas como zonas afectadas por catástrofe para que, previo acuerdo del concejo municipal respectivo, puedan por una sola vez, prorrogar el pago de las patentes otorgadas en conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, cuyo valor para el segundo semestre no haya sido pagado al 31 de julio de 2020, en dos cuotas, iguales y reajustadas. La primera cuota se pagará junto al pago que corresponde al primer semestre de 2021 y, la segunda, junto al pago que corresponde al segundo semestre de 2021, conforme a lo establecido en el inciso 2º del artículo 5º del artículo primero de la ley Nº 19.925.