Texto oficial
1º Iníciese la elaboración del anteproyecto de normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas y sedimentos de la bahía de Quintero-Puchuncaví.
2º Fórmese un expediente electrónico para la tramitación del proceso de elaboración de la referida norma.
3º Fíjese un plazo de tres meses contados desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, para la recepción de antecedentes sobre los contenidos a normar. Cualquier persona natural o jurídica podrá, dentro del plazo señalado precedentemente, aportar antecedentes técnicos, científicos y sociales sobre la materia. Dichos antecedentes deberán ser fundados y entregarse por escrito en la Oficina de Partes del Ministerio del Medio Ambiente, en las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente, o bien, en formato digital en la casilla electrónica nscabahiaquintero@mma.gob.cl, habilitada para tales efectos.
4º Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en el sitio electrónico del Ministerio del Medio Ambiente.