Texto oficial
Artículo tercero: Adóptense por las Secretarías Regionales Ministeriales las Culturas, las Artes y el Patrimonio, así como por esta Subsecretaría de las Culturas y las Artes, todas las medidas administrativas que resulten necesarias para actualizar los formularios de solicitud a que hace referencia el numeral 6, del artículo segundo, de la resolución exenta Nº 72, de 2018, a objeto de implementar, eficaz y oportunamente, las modificaciones señaladas en el artículo primero de esta resolución.