Texto oficial
1. Suspéndase por un plazo de 4 (cuatro) meses, la postergación selectiva de los permisos de construcciones en los términos del artículo 117 de la LGUC, para las edificaciones de más de 4 pisos de altura, en la totalidad del área urbana de Papudo, dispuesta originalmente por decreto alcaldicio Nº 1.278, de fecha 20 de agosto de 2019, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de agosto de 2019, en polígono caracterizado por 14 puntos georreferenciados, graficados en el plano de postergación de permisos de edificación asociado a la actualización del Plan Regulador Comunal, desde el 27 de agosto de 2020, fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto alcaldicio Nº 1.035.
2. Regularícese los efectos jurídicos del decreto alcaldicio Nº 1.035, de fecha 17 de agosto de 2020, publicado en el Diario Oficial el 27 de agosto de 2020, en atención que a la fecha de su emisión aún no se encontraba emitida la circular DDU 441.
3. La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación de la comuna de Papudo.