Texto oficial
1. Modifícase el resuelvo Nº 7, de la resolución
exenta Nº 330 (V. y U.), de 2020, citada en el Visto d) en
los siguientes sentidos:
1.1 Elimínese de su enunciado la palabra
"provincialmente".
1.2 Reemplázase el cuadro señalado por el siguiente:
2. Apruébanse los montos de los recursos asignados
para el primer proceso de selección del Llamado nacional en
condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero,
Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de
Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de
2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de
Vecinos, dispuesto por resolución exenta Nº 330 (V. y U.)
de 2020, y sus modificaciones, conforme al siguiente cuadro:
3. Distribúyanse los recursos asignados en el resuelvo
2, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios
y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la
distribución por región, señalada en el siguiente cuadro:
4. Apruébanse las nóminas de grupos seleccionados
correspondientes al primer proceso de digitación del
Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos
del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del
Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado
por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a
Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por
la ley Nº 19.418. Estas nóminas se adjuntan y se
entenderán formar parte integrante de esta resolución.
Además, fíjase el número de organizaciones postulantes
seleccionadas por región, según se indica en la siguiente
tabla:
5. Publíquese la presente resolución en el Diario
Oficial y en un periódico de circulación regional, un
aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas
las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los
respectivos proyectos, conforme al número 4, de esta
resolución, las que deberán contener a lo menos, la
comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo
postulante y el puntaje obtenido por éste.