Texto oficial
Artículo 1° Prorrógase las medidas dispuestas en la resolución exenta N° 2.437, de 2020, de la Subsecretaría de Educación, por 15 días hábiles más, a contar del vencimiento del período establecido en la resolución exenta N° 3.567, de 27 de agosto de 2020, de la misma Subsecretaría, que había prorrogado dichas medidas previamente.