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Artículo del Decreto 25

Extiende vigencia de los certificados de discapacidad emitidos por las compin conforme se indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1150653 / 10167256.

Texto oficial

1º. Extiéndase la vigencia de las certificaciones de discapacidad emitidas por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, por el plazo de un año a contar de la fecha del vencimiento de las certificaciones que hayan expirado o expiren durante el año 2020. 2º. Las certificaciones de discapacidad cuya vigencia se hubiese extendido en virtud del presente decreto, servirán para acreditar el porcentaje y grado de discapacidad y podrán ser utilizadas por sus titulares en diligencias, trámites y gestiones que requieran la exhibición de este documento.