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Artículo cuarto del Decreto 80

Crea comité consultivo para el proceso de actualización de la política nacional de energía, correspondiente a la primera revisión quinquenal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1150946 / 10170239.

Texto oficial

Artículo cuarto.- Sin perjuicio de lo indicado en los artículos anteriores, el/la Ministro(a) de Energía podrá invitar a una o más sesiones, a otras personas que tengan una reconocida experiencia en el área de energía. Si lo estima pertinente, asimismo, el Comité Consultivo podrá invitar a participar de forma extraordinaria a una o más sesiones a representantes del ámbito político, empresarial, social, científico o académico.