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Artículo de Resolución 1248 EXENTA

Suspende y regulariza prórroga de postergación de permisos de construcciones, respecto de la modificación en curso al plan regulador comunal de la comuna de pudahuel, por razones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1151289 / 10172264.

Texto oficial

1. Suspéndase por un plazo de 4 meses la prórroga del plazo de postergación de los permisos de edificación en los términos establecidos en el Art. 117 de la LGUC, dispuesta originalmente por el decreto N° 3.291 de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, de fecha 19 de julio de 2019, publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de julio de 2019, y prorrogada por Res. Ex. N° 2.542, de fecha 22 de octubre de 2019, publicada esta última con fecha 30 de octubre de 2019 y por Res. Ex. N° 580, de fecha 25 de marzo de 2020, publicada en el Diario Oficial con fecha 31 de marzo de 2020, ambas estas últimas de esta Secretaria Ministerial, asociado a la modificación del Plan Regulador Comunal del citado Municipio, desde el 30 de julio de 2020, fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto alcaldicio N° 2.129 de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel. 2. Regularícese los efectos jurídicos del decreto alcaldicio N° 2.129, de fecha 8 de julio de 2020, publicado en el Diario Oficial de fecha 30 de julio de 2020, atendidos los argumentos enumerados y detallados en la parte considerativa de esta resolución. La presente resolución deberá ser publicada por el citado Municipio en el Diario Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en la comuna respectiva. 3. Notifíquese lo resuelto a la Municipalidad de Pudahuel, de conformidad, sirviendo la presente resolución como atento oficio remisor, ello, habida consideración de lo instruido en la resolución exenta N° 581, de fecha 26.03.2020, emitida por este Secretaría Ministerial a causa de la pandemia por la enfermedad Covid-19, que dispone el envío de información a través de canales digitales, sin esperar la entrada en vigencia de la Ley N° 21.180, sobre Transformación Digital del Estado, por lo que procederá su envío a través de la casilla de correo electrónico que obre en los registros de esta Secretaría Ministerial.