Texto oficial
Artículo 1°. Prorrógase las medidas dispuestas en la resolución exenta N° 2.437, de 2020, de la Subsecretaría de Educación, por 5 días hábiles más, a contar del vencimiento del período establecido en la resolución exenta N° 4.615, de 23 de octubre de 2020, de la misma Subsecretaría, que había prorrogado dichas medidas previamente, y que comenzaba a regir el 27 de octubre conforme indicaba en su artículo 4°.