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Artículo de Resolución 1055 EXENTA

Modifica resolución nº 997 exenta, de 2020, del ministerio de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1152987 / 10182454.

Texto oficial

1. Modifícase la resolución Nº 997, de 2020, del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo siguiente: a. Agrégase, en el primer párrafo del numeral 6, a continuación de la palabra "éste" y antes del punto aparte (.), la expresión ", en caso que su permanencia fuere menor a 14 días." b. Incorpórase, a continuación del número 6 y antes del número 7, un numeral 6 bis, nuevo, cuyo texto es el siguiente: "6 bis. Dispóngase que toda persona que ingrese desde el extranjero, sin importar su nacionalidad, lugar de origen o región de destino en Chile, podrá ser seleccionada, en forma aleatoria por la Autoridad Sanitaria, en el momento de su ingreso, para ser sometida a un examen de detección directa para SARS-CoV-2 determinado por la Autoridad Sanitaria. Si un chileno o extranjero residente de manera regular en el país no accediera a realizarse el examen del que trata este numeral, deberá permanecer en cuarentena durante los 14 días siguientes a su ingreso al país, independiente del resultado negativo que pudiese tener un test PCR para SARS-CoV-2 realizado con anterioridad o posterioridad. En caso que sea un extranjero no residente de manera regular en el país quien se niegue a practicarse el señalado examen, se aplicará lo dispuesto en el Código Sanitario o en el Reglamento Sanitario Internacional.". c. Reemplázase, en su numeral 7 la expresión "y f)" por "f), g), j) y k)".