Texto oficial
1° Determínase, que el período de postulación para
el otorgamiento del subsidio a que se refiere el artículo
primero transitorio de la ley N° 20.696 para el proceso
2020-2021, será entre el 14 de diciembre del año 2020 y el
12 de marzo del año 2021.
2° Determínase, que las postulaciones serán de
manera digital en el sitio web de la Tesorería General de
la República, mediante el uso de la Ventanilla Virtual de
Trámites desplegada en www.tgr.cl
3° Determínase, para los efectos previstos en el
N°1, del artículo 3° del decreto supremo N° 1 de 2010,
del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, suscrito
en conjunto con el Ministerio de Hacienda, que el conjunto
de zonas o ciudades que cuentan con información disponible
sobre tarifas y viajes, son los que constan en el cuadro
siguiente:
4° Determínase, para los efectos previstos en el
artículo primero transitorio de la ley N° 20.696, que los
montos diferenciados de subsidio a entregar por vehículo
para el proceso de entrega 2020-2021, según zona de
prestación de servicios e información disponible sobre
tarifas y viajes, son los que constan en el cuadro
siguiente:
4° Publíquese la presente resolución en el Diario
Oficial.
5° Infórmese la presente resolución, mediante
publicación en el sitio electrónico del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones www.mtt.gob.cl y sitios
electrónicos relacionados.