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Artículo transitorio de Resolución 28

Modifica la resolución 11, de 2019, del ministerio de educación, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1153727 / 10186593.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Durante el ejercicio presupuestario 2020, para la transferencia de los recursos a que se refiere el artículo 13 de la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, la Dirección de Educación Pública deberá dictar previamente una resolución que asigne estos recursos entre los sostenedores municipales, quienes deberán manifestar su voluntad, a través de una carta de aceptación que será elaborada por la Dirección y señalará, a lo menos, el monto asignado al sostenedor, los requisitos para la transferencia de estos recursos, la forma de rendición de los mismos según lo dispuesto en la correspondiente cláusula de su convenio vigente y la resolución N° 30, de 2015 de la Contraloría General de la República. La Dirección aceptará las cartas y dictará una resolución que disponga la transferencia de estos recursos entre los sostenedores respectivos, los convenios de transferencia previamente firmados se mantendrán vigentes y le serán aplicables todas las cláusulas no modificadas en atención al presente procedimiento especial.