Texto oficial
2º Publíquese el presente Reglamento de Atención de Usuarios del Consejo para la Transparencia en el Diario Oficial, según lo dispuesto en la letra b) del artículo 48 de la Ley Nº 19.880 y en la página web de esta Corporación, sin perjuicio de su difusión a la ciudadanía a través de otros medios y soportes.