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Artículo de Resolución 797 EXENTA

Modifica resolución exenta nº 277/2011 del ministerio de salud, que aprueba las normas técnico-administrativas para la aplicación del arancel del régimen de prestaciones de salud del libro ii DFL nº 1 de 2005, del ministerio de salud en la modalidad de libre elección

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1153989 / 10188248.

Texto oficial

I. Modifícase la resolución exenta Nº 277 de 6 de mayo de 2011 del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial del 3 de junio de 2011, que aprobó las Normas Técnico-Administrativas, para la aplicación del Arancel del Régimen de Prestaciones de Salud del Libro II del DFL N°1/2005 del Ministerio de Salud, en la Modalidad Libre Elección, en la forma que a continuación se indica: 1) Reemplácese el numeral 9, xiv) lo siguiente: xiv) Para el cobro de la prestación 03-06-082 Reacción de Polimerasa en Cadena (P.C.R.) en tiempo real, virus Influenza, virus Herpes, citomegalovirus, hepatitis C, mycobacteria TBC, SARS CoV-2 c/u (incluye toma muestra hisopado nasofaríngeo), los prestadores deberán suscribir un convenio en la Modalidad adjuntando la documentación que respalde el equipamiento y personal capacitado para efectuar la prestación. Durante el periodo de vigencia del decreto 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por brote del nuevo coronavirus (2019-Nov). para el examen de PCR para detectar SARS CoV-2 (incluye toma muestra hisopado nasofaríngeo) no se exigirá orden médica o profesional. 2) La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.