Texto oficial
Artículo 32.- Modifícase, a contar del 1 de enero de
2021, el artículo 45 de la ley Nº 20.883 del siguiente
modo:
1. Reemplázase en el inciso primero la frase "el año
2020" por la expresión "el año 2021".
2. En el inciso segundo:
a) Reemplázase la frase "el año 2020" por la
expresión "el año 2021".
b) Reemplázase la tabla por la siguiente:
El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de
este artículo se financiará con cargo a la Partida
Presupuestaria del Tesoro Público de la Ley de Presupuestos
del Sector Público del año respectivo.