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Artículo 1 de la Ley 6.008

Autoriza suprimir las estaciones de providencia, ñuñoa y santa elena y levantar las lineas que las sirven

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154300 / 10301391.

Texto oficial

"Artículo 1.o El Director General de los Ferrocarriles del Estado procederá a suprimir las estaciones de Providencia, Ñuñoa y Santa Elena del Ferrocarril de Circunvalación de Santiago y a levantar las líneas que las sirven.