Texto oficial
Artículo 10.- El hogar que cumpla con los requisitos
de los artículos 5 y 7, tendrá derecho al aporte de
acuerdo con la siguiente tabla:
Tabla 3
.
Concede los aportes que indica y determina parámetros para entregar bonificación y demás materias que señala, de acuerdo a la partida 50, capítulo 01, programa 03 "operaciones complementarias", subtítulo 30, ítem 10 "fondo emergencia transitorio", de la glosa 26, numeral 3, literal a, de la ley nº 21.289, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154366 / 10191276.