Texto oficial
1º Apruébese los pliegos técnicos normativos que se indican a continuación, que establecen las exigencias mínimas que deben ser consideradas en el diseño, construcción, puesta en servicio, operación, reparación y mantenimiento de toda instalación de consumo de energía eléctrica hasta el punto de conexión del cliente final con la red de distribución:
..
2º Deróguese la norma NSEG 20 E.p. 78, Electricidad. Subestaciones transformadoras interiores, declarada norma técnica mediante la resolución exenta Nº 943, de 1978, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
3º Los pliegos técnicos aprobados en el Resuelvo 1º y la derogación de la norma NSEG 20 E.p. 78, Electricidad. Subestaciones transformadoras interiores, comenzarán a regir 180 días corridos después de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.
4º Los pliegos indicados en el Resuelvo 1º precedente, se encontrarán disponibles en el sitio web de esta Superintendencia, www.sec.cl, desde la fecha de publicación de la presente resolución.