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Artículo de Resolución 47 EXENTA

Prohíbe la circulación de vehículos motorizados en vías que indica en la ciudad de talca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1154841 / 10194104.

Texto oficial

1.- Derogado. 2.- Prohíbase, durante la vigencia en la comuna de Talca, de la fase 2 transición, la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, de dos o más ruedas, en la ciudad de Talca, cuyo límite urbano se encuentra determinado en el Plan Regulador Comunal, de la comuna del mismo nombre, los días sábado y domingo entre las 09:30 hasta las 18:00 horas, como sigue: a) Sábado: No podrán circular vehículos cuyas P.P.U. terminen en número par y 0. b) Domingo: No podrán circular vehículos cuyas P.P.U. terminen en número impar. 2. Prohíbase, temporalmente la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, excepto los taxis colectivos, vehículos de alquiler, vehículos de emergencia, vehículos policiales y fiscales, en calle 1 Norte en el tramo comprendido desde 4 Oriente hasta 11 Oriente, Talca, entre las 9:00 horas y 18:30 horas. La Dirección de Tránsito de Talca, deberá instalar y mantener la señalización de tránsito necesaria para facilitar la aplicación de la medida. 3. Derogado. 4. De acuerdo al artículo 4 de la Ley de Tránsito, corresponderá a Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita. 5. La presente resolución se hará efectiva a partir de su publicación en el Diario Oficial y tendrá vigencia hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. 6. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule, para que adopte las medidas pertinentes.