Texto oficial
1.- Derogado.
2.- Prohíbase, durante la vigencia en la comuna de
Talca, de la fase 2 transición, la circulación de todo
tipo de vehículos motorizados, de dos o más ruedas, en la
ciudad de Talca, cuyo límite urbano se encuentra
determinado en el Plan Regulador Comunal, de la comuna del
mismo nombre, los días sábado y domingo entre las 09:30
hasta las 18:00 horas, como sigue:
a) Sábado: No podrán circular vehículos cuyas P.P.U.
terminen en número par y 0.
b) Domingo: No podrán circular vehículos cuyas P.P.U.
terminen en número impar.
2. Prohíbase, temporalmente la circulación de todo
tipo de vehículos motorizados, excepto los taxis
colectivos, vehículos de alquiler, vehículos de
emergencia, vehículos policiales y fiscales, en calle 1
Norte en el tramo comprendido desde 4 Oriente hasta 11
Oriente, Talca, entre las 9:00 horas y 18:30 horas. La
Dirección de Tránsito de Talca, deberá instalar y
mantener la señalización de tránsito necesaria para
facilitar la aplicación de la medida.
3. Derogado.
4. De acuerdo al artículo 4 de la Ley de Tránsito,
corresponderá a Carabineros de Chile, inspectores
municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, fiscalizar el estricto cumplimiento de
la medida precedentemente descrita.
5. La presente resolución se hará efectiva a partir
de su publicación en el Diario Oficial y tendrá vigencia
hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su
suspensión.
6. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la
Defensa Nacional de la Región del Maule, para que adopte
las medidas pertinentes.