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Artículo del Decreto 11

Extiende vigencia de cédulas de identidad para chilenos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1155367 · idParte: 10198166

Texto oficial

1°.- Extiéndase la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para chilenos, que hubieren expirado o estuvieren por expirar durante los años 2020 o 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive. Lo anterior, para los efectos de acreditación de identidad en el territorio nacional y para ser utilizadas en diligencias, trámites y gestiones que requieran la exhibición de esta documentación. 2°.- La extensión de la vigencia de las cédulas de identidad, decretada por el presente acto, no habilita a aquellas cédulas vencidas como documento de viaje para ingresar a países extranjeros y es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. 3°.- Déjase sin efecto el decreto N° 32, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.