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Artículo de Resolución 95 EXENTA

Dispone medidas sanitarias que indica por brote de covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1155443 / 10198678.

Texto oficial

1. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación retrocederán al "Paso 1: Cuarentena" del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud. 1. Región de Arica y Parinacota i. La comuna de Arica 2. Región de Atacama i. La comuna de Tierra Amarilla 3. Región de La Araucanía i. La comuna de Perquenco 4. Región de Los Lagos i. La zona urbana de la comuna de Chonchi ii. La zona urbana de la comuna de Curaco de Vélez iii. La zona urbana de la comuna de Quemchi iv. La zona urbana de la comuna de Quinchao 5. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo i. La zona urbana de la comuna de Coyhaique. En consecuencia, los habitantes de dichas localidades deberán permanecer en cuarentena o aislamiento, es decir, en sus domicilios habituales, además de observar las medidas dispuestas para el "Paso 1: Cuarentena" en la resolución exenta Nº 43, ya citada. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 4 de febrero de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. 2. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación pasarán al "Paso 2: Transición" del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región de Antofagasta i. La comuna de María Elena b. Región de Atacama i. La comuna de Freirina ii. La comuna de Huasco c. Región de Valparaíso i. La comuna de Cartagena ii. La comuna de Olmué iii. La comuna de Petorca d. Región Metropolitana de Santiago i. La comuna de Colina ii. La comuna de Isla de Maipo iii. La comuna de Pirque e. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins i. La comuna de Coinco ii. La comuna de Mostazal iii. La comuna de Nancagua iv. La comuna de Peralillo v. La comuna de San Fernando f. Región del Maule i. La comuna de Licantén ii. La comuna de Pencahue iii. La comuna de Río Claro iv. La comuna de San Rafael v. La comuna de Vichuquén g. Región de Ñuble i. La comuna de Bulnes ii. La comuna de San Ignacio h. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo i. La zona urbana de la comuna de Aisén, Chacabuco e Islas Huichas. En consecuencia, los habitantes de dichas localidades deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días sábado, domingo y festivos, además de observar las medidas dispuestas para el "Paso 2: Transición" en la resolución exenta Nº 43, ya citada. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 4 de febrero de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. 3. Dispóngase que las localidades que se indican a continuación avanzarán al "Paso 3: Preparación" del que trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud. a. Región Metropolitana de Santiago i. La comuna de Las Condes ii. La comuna de Lo Barnechea iii. La comuna de Maipú iv. La comuna de Providencia v. La comuna de Vitacura b. Región del Maule i. La comuna de Yerbas Buenas c. Región de La Araucanía i. La comuna de Renaico d. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo i. La zona urbana de la comuna de Chile Chico. La medida de este numeral empezará a regir a contar de las 05:00 horas del día 4 de febrero de 2021 y durará indefinidamente hasta que las condiciones epidemioló