Texto oficial
1. Dispóngase que las localidades que se indican a
continuación retrocederán al "Paso 1: Cuarentena" del que
trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de
2021, del Ministerio de Salud.
1. Región de Arica y Parinacota
i. La comuna de Arica
2. Región de Atacama
i. La comuna de Tierra Amarilla
3. Región de La Araucanía
i. La comuna de Perquenco
4. Región de Los Lagos
i. La zona urbana de la comuna de Chonchi
ii. La zona urbana de la comuna de Curaco de Vélez
iii. La zona urbana de la comuna de Quemchi
iv. La zona urbana de la comuna de Quinchao
5. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del
Campo
i. La zona urbana de la comuna de Coyhaique.
En consecuencia, los habitantes de dichas localidades
deberán permanecer en cuarentena o aislamiento, es decir,
en sus domicilios habituales, además de observar las
medidas dispuestas para el "Paso 1: Cuarentena" en la
resolución exenta Nº 43, ya citada.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de
las 05:00 horas del día 4 de febrero de 2021 y durará
indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas
permitan su suspensión.
2. Dispóngase que las localidades que se indican a
continuación pasarán al "Paso 2: Transición" del que
trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de
2021, del Ministerio de Salud.
a. Región de Antofagasta
i. La comuna de María Elena
b. Región de Atacama
i. La comuna de Freirina
ii. La comuna de Huasco
c. Región de Valparaíso
i. La comuna de Cartagena
ii. La comuna de Olmué
iii. La comuna de Petorca
d. Región Metropolitana de Santiago
i. La comuna de Colina
ii. La comuna de Isla de Maipo
iii. La comuna de Pirque
e. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
i. La comuna de Coinco
ii. La comuna de Mostazal
iii. La comuna de Nancagua
iv. La comuna de Peralillo
v. La comuna de San Fernando
f. Región del Maule
i. La comuna de Licantén
ii. La comuna de Pencahue
iii. La comuna de Río Claro
iv. La comuna de San Rafael
v. La comuna de Vichuquén
g. Región de Ñuble
i. La comuna de Bulnes
ii. La comuna de San Ignacio
h. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del
Campo
i. La zona urbana de la comuna de Aisén, Chacabuco e
Islas Huichas.
En consecuencia, los habitantes de dichas localidades
deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días
sábado, domingo y festivos, además de observar las medidas
dispuestas para el "Paso 2: Transición" en la resolución
exenta Nº 43, ya citada.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de
las 05:00 horas del día 4 de febrero de 2021 y durará
indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas
permitan su suspensión.
3. Dispóngase que las localidades que se indican a
continuación avanzarán al "Paso 3: Preparación" del que
trata el Capítulo II de la resolución exenta Nº 43, de
2021, del Ministerio de Salud.
a. Región Metropolitana de Santiago
i. La comuna de Las Condes
ii. La comuna de Lo Barnechea
iii. La comuna de Maipú
iv. La comuna de Providencia
v. La comuna de Vitacura
b. Región del Maule
i. La comuna de Yerbas Buenas
c. Región de La Araucanía
i. La comuna de Renaico
d. Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del
Campo
i. La zona urbana de la comuna de Chile Chico.
La medida de este numeral empezará a regir a contar de
las 05:00 horas del día 4 de febrero de 2021 y durará
indefinidamente hasta que las condiciones epidemioló