Texto oficial
1. Precísese la resolución exenta Nº 1.138, de 24 de diciembre de 2020, del Ministerio de Salud, que aprueba los "Lineamientos Técnico Operativos Vacunación SARS-COV-2", según se señalará a continuación
2. Respecto a lo señalado en el Apartado III "Campaña de vacunación 2021", Sección "Objetivos específicos", numeral 3, debe precisarse que la población "que vive en Chile", es aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite, excluyendo a aquellos que están transitoriamente en el país exclusivamente con una visa de turista.
3. Aclárase que, para facilitar la pronta vacunación de la población, todo profesional de salud de la red pública o privada, que cuente con las competencias necesarias para la administración de la vacuna y para responder prontamente frente a las eventualidades esperables que pueden ocurrir tras su aplicación, podrá administrar la vacuna, cumpliendo las instrucciones y protocolos del Ministerio de Salud, siempre que no exista disponibilidad de aquellos trabajadores y funcionarios de salud que usualmente ejecutan acciones de vacunación.
4. Los complementos, precisiones y aclaraciones que por este acto se efectúan se entienden han estado en vigor desde el inicio de la campaña de vacunación.