Texto oficial
1.- Prohíbese la circulación de todo vehículo
motorizado de dos o más ruedas, aun cuando posean sello
verde, en las zonas urbanas de las comunas de La Serena y
Coquimbo, bajo la restricción que se señala en el
siguiente cuadro:
.
2.- Quedarán exceptuados de la prohibición, los
vehículos de emergencia, vehículos fiscales, y los
vehículos destinados a las faenas de limpieza de calles y
necesarios para subsanar los efectos de la calamidad, así
como los vehículos de carga y transporte de alimentos y
productos agrícolas, vehículos de transporte público de
pasajeros, urbano e interurbano, de transporte privado
remunerado, taxis básicos en sus submodalidades, todos
dentro de su recorrido habitual, vehículos de servicios de
delivery con conductor con permiso único colectivo y todos
aquellos que con ocasión de trabajo se desplacen con
permiso único colectivo.
3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e
inspectores del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, serán los encargados de fiscalizar el
estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita
y denunciar a los Juzgados de Policía Local competentes.
4.- Notifíquese la presente resolución al Jefe de la
Defensa Nacional de la Región de Coquimbo, para que adopte
las medidas pertinentes.