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Artículo 2 de la Ley 21.311 · Modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar la legislación electoral vigente

Modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar la legislación electoral vigente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1155923 / 10204775.

Texto oficial

Artículo 2.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2006, del Ministerio del Interior: 1. Reemplázase, en el inciso final del artículo 72, la expresión "Diario Oficial" por "sitio electrónico de ese Servicio". 2. Reemplázase, en el inciso tercero del artículo 112, la expresión "Diario Oficial" por "sitio electrónico de ese Servicio". 3. Intercálase en el inciso primero del artículo 115, entre la expresión "en la región" y el vocablo "respectiva", las palabras "o provincia".