Texto oficial
1. Apruébase el calendario de vacunación contra el SARS-CoV-2 para el remanente del mes de febrero de 2021, cuyo contenido es el que sigue:
En consecuencia, las entidades encargadas de administrar la vacuna deberán ceñirse estrictamente a las indicaciones señaladas precedentemente.
2. Reitérase a las entidades encargadas de administrar las vacunas que debe registrarse correcta y oportunamente los datos de cada inmunización en el "Registro Nacional de Inmunizaciones" (RNI).
3. Apruébase como anexo de los "Lineamientos Técnico Operativos Vacunación contra SARS-CoV-2", aprobados por resolución exenta Nº 1.138, de 24 de diciembre de 2020, del Ministerio de Salud, el documento denominado "Grupos objetivos para vacunación contra SARS-CoV-2 según suministro de vacunas", actualizado al 23 de febrero de 2021, el que reemplaza al anterior documento homónimo, y que se encuentra publicado en https://www.minsal.cl/informacion-tecnica-vacunas-covid-19/.
4. El cumplimiento de las medidas impuestas por esta resolución será fiscalizado y sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario y en el Código Penal, según corresponda