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Artículo 1° de la Ley S/N · Devolucion de los expedientes introducidos a la secretaria del congreso.

Devolucion de los expedientes introducidos a la secretaria del congreso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1156590 / 10242176.

Texto oficial

Art. 1.° Devuélvanse los recursos judiciales introducidos al Congreso para que tengan su ejecucion los asuntos a que se refieren si están afinados, o continúen en trámites segun las leyes.