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Artículo de Resolución 147 EXENTA

Da inicio al proceso de revisión y actualización del decreto supremo nº47, de 2015, del ministerio del medio ambiente, que "establece plan de descontaminación atmosférica para la comuna de osorno"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1156779 / 10208463.

Texto oficial

1.- Iníciese el proceso de revisión y actualización del decreto supremo Nº47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que "Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno", que aplicará dentro de los límites geográficos correspondientes a la zona saturada, los cuales fueron fijados en el artículo único del decreto supremo Nº27, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que "Declara zona saturada por material particulado respirable MP10, como concentración diaria y anual, y por material particulado fino respirable MP 2,5, como concentración diaria y anual, a la comuna de Osorno", y que corresponden a su vez a los fijados por el artículo 10, literal B) Nº 1, del decreto con fuerza de ley Nº 3-18.715, de 1989, del Ministerio del Interior, que precisa delimitaciones de las comunas del país. 2.- Fórmese expediente para la tramitación del proceso de revisión y actualización del decreto supremo Nº47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que "Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno". 3.- Solicítese informe sobre la revisión y actualización del decreto supremo Nº47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que "Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno", a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Los Lagos. 4.- Fíjese un plazo de sesenta días hábiles, contados desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, como fecha límite para la recepción de antecedentes sobre el proceso de revisión y actualización del decreto supremo Nº47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que "Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno". Cualquier persona natural o jurídica podrá dentro del plazo señalado precedentemente, aportar antecedentes técnicos, científicos, sociales y económicos sobre la materia. Dichos antecedentes deberán entregarse por escrito en la Oficina de Partes del Ministerio del Medio Ambiente, en las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente o bien en forma digital en la casilla electrónica: revisionPDAOsorno@mma.gob.cl, habilitada para dichos efectos. 5.- Publíquese la presente resolución en el Diario oficial y en el sitio electrónico del Ministerio del Medio Ambiente.