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Artículo primero del Decreto 9

Dispone envío de ayuda específica que se indica a los países que señala para apoyo en la atención derivada de la catástrofe humanitaria originada por emergencia de salud pública de importancia internacional (espii) por brote de covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1156907 / 10209467.

Texto oficial

Artículo primero: Autorízase la donación y entrega a la Embajada de la República de Paraguay en Santiago de Chile, de 20.000 dosis de la vacuna CoronaVac del Laboratorio Sinovac Life Sciences Co.Ltd., cuyo valor total asciende a USD$229.000 (doscientos veintinueve mil dólares americanos). La ayuda detallada proviene de la disponibilidad existente en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, de esta vacuna, que corresponden a la Subsecretaría de Salud Pública, entidades a las que se faculta para efectuar la donación antes señalada. El costo de reposición de las especies señaladas en este artículo, será asumido por el Ministerio de Salud, con cargo al presupuesto de la Subsecretaría de Salud Pública.