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Artículo de Resolución 220 EXENTA

Modifica resolución nº 48 exenta, de 2021, de la secretaría regional ministerial de transportes y telecomunicaciones de la región del maule, que prohíbe la circulación de vehículos motorizados en vías que indica en la ciudad de curicó

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1157229 / 10211063.

Texto oficial

1. Modifícase el resuelvo Nº 1 de la resolución exenta Nº 48, de 13 de enero de 2021, modificada por la resolución exenta Nº 55, de 19 de enero de 2021, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, en el sentido de reemplazar el referido resuelvo Nº 1 por el que sigue: "Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, de dos o más ruedas, en la ciudad de Curicó, cuyo límite urbano se encuentra determinado en el Plan Regulador Comunal vigente, excluyendo a los sectores de Cordillerilla, La Obra, Los Niches y Sarmiento, de la comuna del mismo nombre, los días sábado y domingo entre las 09:30 hasta las 17:30 horas, como sigue: a) Sábado: No podrán circular vehículos cuya PPU terminen en número par y 0. b) Domingo: No podrán circular vehículos cuya PPU terminen en número impar.". 2. En lo no modificado, se mantienen íntegramente las demás disposiciones contenidas en la resolución exenta Nº 48, de 13 de enero de 2021, y en la resolución exenta Nº 55, de 19 de enero de 2021, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule. 3. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule, para que adopte las medidas pertinentes.