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Artículo primero de Resolución 2123 EXENTA

Dispone medidas sanitarias que indica a conductores que ingresan al país

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158065 / 10215621.

Texto oficial

Primero: Realícense Test PCR para SARS-CoV-2 a los conductores extranjeros no residentes de manera regular en el país, que ingresen a través del Paso Fronterizo Pino Hachado, de la región de la Araucanía, sin un resultado negativo de un Test PCR para SARS-CoV-2, o que éste exceda de 72 horas anteriores al inicio del viaje desde el punto de origen; debiendo esperar el resultado en el mencionado paso fronterizo, sin poder continuar con su recorrido. En el caso que un conductor ingrese con un resultado negativo de un Test PCR para SARS-CoV-2 que no exceda de 72 horas anteriores al inicio del viaje desde el punto de origen y se encuentre sintomático, de igual forma se le realizará un test de respuesta inmediata de antígeno SARS-CoV-2; quien también deberá esperar el respectivo resultado en el mencionado paso fronterizo, sin poder continuar con su recorrido. Todo lo anterior, de acuerdo a Vistos y Considerando.