Texto oficial
1.- Agréguese el siguiente artículo transitorio al decreto alcaldicio Nº 1.210, de 2005, que aprobó la ordenanza sobre derecho de aseo:
Artículo transitorio: Exímase del pago del derecho de aseo a los adultos mayores y a las personas discapacitadas de la comuna en forma universal, el año 2021, como un paliativo para enfrentar los efectos de la pandemia del Covid-19.
Este beneficio solo se otorgará a los adultos mayores y a las personas discapacitadas que sean propietarios y/o arrendatarios de su casa habitación, sin que se extienda a otras viviendas que se ubiquen en la misma propiedad. Para acceder a este beneficio, los interesados deberán acreditar la calidad de adultos mayores y discapacitados, en la oficina de cobro del derecho de asco de la Municipalidad.
Este beneficio no se aplicará a viviendas en que se desarrollen actividades comerciales, industriales o profesionales, las cuales deben pagar su derecho de aseo conjuntamente con la patente municipal.
2.- La presente modificación regirá a contar de su publicación en el Diario Oficial.