Texto oficial
Artículo 1.- Naturaleza. Créase un sistema denominado
"Red Integral de Protección Social", en adelante e
indistintamente el "Sistema", que consiste en un modelo de
gestión intersectorial, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría
de Servicios Sociales, cuyo propósito es coordinar
intersectorialmente la oferta programática existente
relacionada a eventos adversos que podrían conducir a
personas, grupos o familias a una situación de
vulnerabilidad, en los términos regulados en la ley N°
20.530, entregar información clara, oportuna y
personalizada sobre la misma, y simplificar el acceso a
ésta.