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Artículo 4 de la Ley S/N · Tribunal mayor de cuentas y oficinas que deben crearse a consecuencia de su supresion.

Tribunal mayor de cuentas y oficinas que deben crearse a consecuencia de su supresion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1158869 · idParte: 10246346

Texto oficial

4.° Esta comision terminará el encargo que por esta lei se le somete en el término perentorio de un año, contado desde el día de su nombramiento.