Texto oficial
2.° A ella deben dirijir sus cuentas por semestres todas las oficinas pagadoras y recaudadoras del Estado, y todas las personas que en comision o de cualquiera otro modo manejen fondos públicos.
Tribunal mayor de cuentas y oficinas que deben crearse a consecuencia de su supresion.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158869 / 10246352.