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Artículo 2 de la Ley S/N · Tribunal mayor de cuentas y oficinas que deben crearse a consecuencia de su supresion.

Tribunal mayor de cuentas y oficinas que deben crearse a consecuencia de su supresion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158869 / 10246352.

Texto oficial

2.° A ella deben dirijir sus cuentas por semestres todas las oficinas pagadoras y recaudadoras del Estado, y todas las personas que en comision o de cualquiera otro modo manejen fondos públicos.