Texto oficial
4.° El Gobierno queda autorizado a dotar los empleados de la mesa de residencia con los sueldos que crea correspondientes a sus trabajos, con tal que no excedan de la dotacion de los de la Inspeccion jeneral.
Tribunal mayor de cuentas y oficinas que deben crearse a consecuencia de su supresion.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1158869 / 10246364.