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Artículo sexto de Resolución 953 EXENTA

Instruye programa de fiscalización año 2021, para el plan operacional de gestión de episodios críticos de contaminación ambiental, en el marco de lo dispuesto por el plan de prevención y descontaminación atmosférica de la región metropolitana de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1159214 / 10224567.

Texto oficial

Artículo sexto. Reportes semanales y elaboración de informe consolidado del Programa de Fiscalización. Los organismos sectoriales que participan en la ejecución del programa, deberán reportar semanalmente a partir de la primera semana del mes de mayo, los resultados de la fiscalización de las medidas aplicadas durante el periodo de Gestión de Episodios Críticos a la Superintendencia del Medio Ambiente, mediante un formulario de reporte en línea que se ha creado para este propósito y cuyo acceso se informará a las contrapartes de cada organismo. Con la información antes señalada, la Superintendencia del Medio Ambiente elaborará un informe consolidado sobre la ejecución del Programa de Fiscalización, el que se pondrá a disposición del público en general en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), en noviembre de 2021.