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Artículo único de la Ley 21.341

Establece los días 15 y 16 de mayo de 2021 como feriados irrenunciables para todos los trabajadores del comercio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1159423 / 10225694.

Texto oficial

"Artículo único. Declárase feriado obligatorio e irrenunciable para todos los dependientes del comercio los días 15 y 16 de mayo de 2021, con excepción de los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Las sanciones establecidas en el inciso tercero del artículo 2º de la ley Nº 19.973 serán aplicables a quienes infrinjan lo establecido en este artículo.".